Condiciones laborales de la niñez trabajadora ambulante en el mercado municipal de Siuna, 2013 / Johana Estrada Soza, Elbia Alaniz Ruiz

Por: Estrada Soza, JohanaColaborador(es): Alaniz Ruiz, Elbia, autora | Rodríguez Andrade, Jacoba Estela, tutoraTipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Siuna, RAAN, Nicaragua : URACCAN 2013Descripción: VI, 102 hojasTema(s): 1. DESARROLLO LOCAL 2. TRABAJO DE NIÑOS 3. JORNADA DE TRABAJO 4. NIÑOS - LEGISLACIÓN 5. NIÑOS - ASPECTOS SOCIALESClasificación CDD: 378.242 E821 Resumen: Generalidades: las condiciones laborales se definen como el conjunto de variables que definen la salud del trabajador por la realización de una tarea en un entorno determinado en función de tres variables: física, psicológica y social, trabajo infantil, niños y niñas trabajadores de la calle; principales actividades que desempeña la niñez trabajadora ambulante: vender en las calles y trabajar como domésticas, cuidando niños, lavando, cocinando y haciendo mandados, lustradores, vendiendo diferentes productos, halando leña, entre otro; riesgos que enfrenta la niñez trabajadora ambulante: abuso por parte de los adultos, deserción escolar, consumo de drogas, enfrentamiento entre bandas, malos tratos, violencia, delincuencia, deterioro físico y emocional, problemas de autoestima, riesgos de sufrir problemas de salud, riegos psicológicos, físicos y morales; cumplimiento del marco jurídico que respalda los derechos y deberes de la niñez: en el ámbito internacional, la situación de niños, niñas y adolescentes en situación irregular ha promovido diversos eventos en un contexto jurídico, entre los que se destacan: pactos, tratados, convenciones y leyes, en los cuales, Venezuela ha iconizado con una de las leyes más modernas, humanizadoras e integrales como la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNA), en la que se destaca el compromiso del Estado de formular y apoyar políticas públicas en materia de protección de niños y niñas, Organización Internacional del Trabajo (OIT), convenio 29 de la OIT, entre otros, en Nicaragua se han venido estableciendo normas jurídicas nacionales e internacionales relativas al trabajo infantil: Constitución Política de Nicaragua, Código Laboral, Código de la Niñez y la Adolescencia, Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y la Niña, Convenio 138 de la OIT y Convenio 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil.
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Generalidades: las condiciones laborales se definen como el conjunto de variables que definen la salud del trabajador por la realización de una tarea en un entorno determinado en función de tres variables: física, psicológica y social, trabajo infantil, niños y niñas trabajadores de la calle; principales actividades que desempeña la niñez trabajadora ambulante: vender en las calles y trabajar como domésticas, cuidando niños, lavando, cocinando y haciendo mandados, lustradores, vendiendo diferentes productos, halando leña, entre otro; riesgos que enfrenta la niñez trabajadora ambulante: abuso por parte de los adultos, deserción escolar, consumo de drogas, enfrentamiento entre bandas, malos tratos, violencia, delincuencia, deterioro físico y emocional, problemas de autoestima, riesgos de sufrir problemas de salud, riegos psicológicos, físicos y morales; cumplimiento del marco jurídico que respalda los derechos y deberes de la niñez: en el ámbito internacional, la situación de niños, niñas y adolescentes en situación irregular ha promovido diversos eventos en un contexto jurídico, entre los que se destacan: pactos, tratados, convenciones y leyes, en los cuales, Venezuela ha iconizado con una de las leyes más modernas, humanizadoras e integrales como la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNA), en la que se destaca el compromiso del Estado de formular y apoyar políticas públicas en materia de protección de niños y niñas, Organización Internacional del Trabajo (OIT), convenio 29 de la OIT, entre otros, en Nicaragua se han venido estableciendo normas jurídicas nacionales e internacionales relativas al trabajo infantil: Constitución Política de Nicaragua, Código Laboral, Código de la Niñez y la Adolescencia, Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y la Niña, Convenio 138 de la OIT y Convenio 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil.

Col. Mon

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